martes, febrero 4, 2025
Economía

Así es el escudo social que prepara el Gobierno para las empresas y trabajadores afectados por la DANA


El Gobierno prepara un escudo económico para las empresas, autónomos y trabajadores afectados por el impacto de la DANA que detallará en unos minutos la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz tras reunirse con los representantes sindicales y empresariales de la Comunidad Valenciana. Fuentes del Ministerio de Trabajo avanzan que las empresas podrán acogerse a los Erte por fuerza mayor con una deducción de, al menos, el 90% de las cotizaciones sociales. Los trabajadores autónomos, por su parte, tendrán un acceso más flexible al cese de actividad, la prestación que funciona como el ‘paro’ para este colectivo. El Ejecutivo quiere reforzar el teletrabajo y retribuir las ausencias para evitar desplazamientos innsecesarios.

Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor temporal obedecen a un paro en la actividad de la empresa motivado por «hechos o acontecimientos involuntarios, imprevisibles, externos al círculo de la empresa que imposibilitan temporalmente la actividad laboral», según explica Trabajo. Este primer punto está justificado por el impacto de la DANA en la Comunidad Valenciana y, en concreto, en la zona más afectada, la Horta Sud.

Está prevista una bonificación en el pago de cotizaciones sociales del 90% e incluso del 100% de la que se podrán beneficiar las empresas. En todo caso, el Gobierno condiciona el desembolso de dinero público a la protección de las plantillas, prohibiendo los despidos.

Los autónomos cuentan con un sistema específico de protección por cese de actividad, el equivalente al ‘paro’ de los asalariados, y puede ser temporal o definitivo. Para facilitar su acceso, la Seguridad Social no tendrá en cuenta la necesidad de acreditar periodos cotizados a la hora de calcular el tiempo que podrá recibir la prestación.

Esta protección comprende el abono de una prestación económica mensual por cese de actividad, y la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, con particularidades en determinados supuestos. La cuantía de la prestación será del 70% de la base reguladora, calculada según el promedio de las bases por las que el trabajador hubiera cotizado durante los 12 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad. El Gobierno tiene en su poder la posibilidad de retocar también este porcentaje en el paquete de medidas que aprobará mañana el Consejo de Ministros.

El Gobierno también quiere evitar riesgos a su salud, desplazamientos que no sean esenciales o represalias laborales ante las dificultades por la catástrofe (por ejemplo, la puntualidad o el trabajo in situ). Reforzarán legalmente estas situaciones para que el trabajador no se vea obligado a acudir al puesto de trabajo si corre riesgo su salud en los siguientes casos que adelantó la ministra con un detalle, las ausencias serán justificadas retribuidas.

  • Si desplazarte pone en riesgo tu seguridad o interfiere en labores de rescate y recuperación, y tu actividad es incompatible con el teletrabajo.
  • Si tienes que atender a familiares desaparecidos o hacerte cargo del fallecimiento de alguien de tu familia.
  • Si has perdido tu vivienda o enseres y no estás en disposición de acudir a tu puesto de trabajo.
  • Si tienes que hacer frente al cuidado de familiares como consecuencia del cierre de colegios, residencias o servicios públicos en general.

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