bonifica el 100% de Transmisiones Patrimoniales y AJD para comprar casa y coche
Pese a la polémica política diaria por la gestión de la DANA, el Gobierno de Carlos Mazón intenta continuar adelante con la aprobación de dos decretos ley con los que pretende hacer frente a la emergencia y avanzar en la recuperación y la reconstrucción en los municipios afectados. Uno de ellos incluye una batería de medidas fiscales para los afectados, fundamentalmente deducciones y bonificaciones para quienes han perdido vivienda, automóvil o negocios.
Así, la nueva norma aprobada por el Consell en su sesión extraordinaria de esta tarde del martes se suma a las ayudas directas que ya aprobó cifradas en 250 millones de euros. También el Consell aprobó ayudas urgentes para alquiler de vivienda destinadas a aquellas familias o unidades de convivencia cuya residencia habitual sea inhabitable debido a las consecuencias de la DANA por otros 50 millones de euros.
En el paquete fiscal, se incluyen beneficios en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como una deducción del 100% de los gastos acometidos para hacer frente a los daños causados por el temporal en la vivienda habitual, con un límite de 2.000 euros. Según la propia consellera de Hacienda, Ruth Merino, se aplicará a los periodos impositivos concluidos en los años 2024 y 2025, con unos límites de renta hasta los 45.000 euros de base liquidable en tributación individual y los 60.000 euros en tributación conjunta.
Para el caso de los negocios dañados por el agua y la necesidad de aportar capital a los mismos, el decreto ley incluye una deducción del 45% sobre las cantidades invertidas en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución o de ampliación de capital de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y sociedades laborales o de aportaciones efectuadas por los socios a las sociedades cooperativas.
Eso sí, afecta a entidades que desarrollen actividades económicas y tengan su sede dentro del ámbito territorial damnificado, lo que según la redacción actual lo limita a los municipios en los que se ha declarado el equivalente a la zona catastrófica. En este caso, se pueden alcanzar los 9.900 euros por contribuyente.
Viviendas y coches
Otras de las principales medidas es que en la práctica los afectados no tendrán que abonar los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el de Actos Jurídicos Documentados (AJD) cuando se trate de compras de viviendas o vehículos para reponer los perdidos por la DANA.
La Generalitat ha decidido establecer una bonificación del 100% en la cuota aplicable a las operaciones relacionadas con la adquisición de inmuebles destinados a reemplazar a otros destruidos o gravemente dañados por el temporal y a los actos de declaración de obra nueva y/o división horizontal.
Una medida que se extiende a otro de los bienes más destruidos por el fenómeno meteorológico, los automóviles hace ineludible. Ante la alta siniestralidad, se aprueba una bonificación del 100% de la cuota del ITP y AJD para la adquisición de vehículos que reemplacen a aquellos destruidos por las inundaciones, siempre que dicha adquisición se realice desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
Sucesiones y Donaciones
En otro tributo cedido, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se aprueba una bonificación del 50% en favor de las adquisiciones mortis causa efectuadas por parientes colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad, de personas fallecidas como consecuencia de la DANA. Es decir, en aquellos casos en que no son parientes de primer grado, que habían quedado exentos tras el cambio que aplicó Mazón a su llegada a la Generalitat.
Además, se incorporan reducciones en la base imponible del 100% en favor de las personas o entidades que reciban por donación efectivo u otro tipo de bienes y derechos para paliar los daños materiales sufridos por el temporal. La aplicación del beneficio estará supeditada a que lo donado se destine a paliar los daños materiales derivados de las inundaciones dentro de un plazo de 12 meses desde la adquisición.
El decreto ley aprobado incluye la exención del canon de saneamiento para los consumos de agua realizados en las áreas afectadas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025 en el ámbito territorial de los municipios afectados. Lo cierto es que en muchos de los municipios de la zona cero han estado días sin suministro de agua, en cuya factura se incluye el pago, y el saneamiento está muy dañado. La Generalitat ya había anunciado que bonificaría el cobro de las tasas de agua y residuos que gestiona a los damnificados por las inundaciones.
Modificaciones y contratos de emergencias
El otro decreto ley aprobado pretende fijar un esquema normativo que facilite la gestión económico-presupuestaria para facilitar la reconstrucción de la tras los efectos derivados de la DANA. Entre otras cuestiones, el decreto establece la ordenación de las donaciones a la Generalitat ante la emergencia, pero además recupera las fórmulas para lograr recursos más rápidamente y la contratación de urgencia que se utilizaron durante la pandemia.
Según el Consell, se reordena el sistema de modificaciones presupuestarias de manera similar a como se hizo para hacer frente a la COVID, con el fin de agilizar su tramitación y priorizar la atención de los gastos vinculados a la DANA, lo que supone eliminar limitaciones. Eso también incluye medidas para agilizar el régimen de las ayudas y subvenciones y «regular» la contratación de emergencia justificada por la necesidad de actuar de manera inmediata. Precisamente el actual Consell fue muy crítico con el Gobierno de Ximo Puig por recurrir a estas fórmulas con menos controles.