El fondo público de pensiones vuelve a demorarse por un requisito legal tras dos años de cambios
El inicio del ahorro en el fondo de pensiones de promoción pública y gestión privada que ideó el exministro José Luis Escrivá aún deberá esperar, tras más de dos años desde que en verano de 2022 se aprobara la ley para el impulso de estos planes y se haya retocado sucesivamente el reglamento. Un detalle legal que el ministerio de Seguridad Social aún no ha subsanado, y que puede llevarle meses, impide dar más pasos en un proceso cuyo último avance de gran calado se dio en enero, cuando se puso en marcha su plataforma informativa.
El reglamento de planes y fondos de pensiones que ha aprobado esta misma semana el Consejo de Ministros no prevé las condiciones para comercializar los planes de empleo, un detalle legal que deberá subsanarse con rango de ley o real decreto. Esta figura es principalmente informativa y de transparencia sobre los productos de ahorro que el Ejecutivo pretende impulsar.
El reglamento recoge, en el caso de los planes individuales, la necesidad de informar sobre las condiciones del plan permite atribuir costes de comercialización a cada oficina y, entendiendo que si hay un producto de ahorro hay comisiones y es necesaria esta información. La corrección de este error permitiría comercializar los planes de empleo en la red de distribución de cada entidad del mismo modo que en el caso de los individuales.
Esta figura normativa establece también regulación para los comercializadores e impone funciones de supervisión. Las entidades que promueven estos productos de ahorro cuentan con reglamentos que aseguran en todo momento un servicio e información en interés de los partícipes y de los beneficiarios.
Varias fuentes solventes del sector explican a elEconomista.es que la comercialización de los planes de pensiones de empleo exige recurrir al rango de Ley o real decreto ley. «No basta reglamento como pretendían y les tumbó la Abogacía del Estado, porque la ley vigente sólo habla de comercialización de los planes de pensiones individuales», afirman. La Abogacía advertía entonces de la necesidad de reformar el artículo 26 bis para incluir este detalle normativo, como informó en verano ABC, encauzando al Ejecutivo hacia una vía que le puede llevar varios meses más.
Por tanto, el Gobierno se ha visto obligado a dejar este detalle fuera de la actualización del reglamento que aprobó el pasado martes el Consejo de Ministros, lastrando nuevamente el inicio del ahorro en el fondo público, aunque fuentes conocedoras del proceso aseguran que la modificación no conllevaría ninguna revolución ni un largo trabajo.
Aunque los planes de pensiones colectivos a nivel empresarial se han vendido previamente sin la figura del comercializador (que son las entidades o personas físicas), una cuestión de transparencia y control que rodea a esta decisión. Teniendo en cuenta la importancia del comercializador para que estos productos tengan un mayor alcance y sean capaces de promover el ahorro paralelo a la prestación pública de la Seguridad Social.
En esta tesitura, y aun celebrando el «primer paso» que supone la aprobación del reglamento, aunque no ponen fecha a la próxima fase. Una vez subsane la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones el aspecto de la comercialización de los planes de empleo, las gestoras a adscribirán los vehículos de inversión.
Las entidades gestoras (VidaCaixa, Santander, BBVA, Ibercaja y Caser) son conscientes de los objetivos de patrimonio que impuso Escrivá: 2.500 millones en tres años, a razón de 500 por gestora entre aportaciones netas y patrimonio total. Eso sí, los tres años empezarán a contar una vez se adscriban los vehículos.
El contador sigue a cero, tanto en la cuestión de los plazos como en el caso del ahorro prometido. El objetivo del Gobierno con las últimas reformas es el impulso de los planes de ahorro para la jubilación colectivos, en detrimento de los planes individuales y sus beneficios fiscales reducidos.
En todo caso, explican estas fuentes financieras que también dependerá de los acuerdos que alcance la negociación colectiva para desarrollar nuevos planes; o bien del traspaso al fondo público de planes ya existentes. Un punto que juega en contra en este fondo público es la supervisión de los planes de forma que un sector pierde cierto poder sobre su producto de ahorro. A favor juega la economía de escala que puede generar una bolsa de ahorro mayor y los costes limitados, con comisiones que rondan el 0,2%.
Los retoques más recientes: retribución y costes
La aprobación de nuevas modificaciones en el reglamento de planes y fondos de pensiones en el último Consejo de Ministros han estado centradas, esencialmente, en la retribución y los costes. Uno es la retribución de los 13 profesionales encargados de supervisar el fondo público a designación del Ministerio (5), CCOO y UGT (4), CEOE y Cepyme (4) con peticiones de las organizaciones sindicales y patronales que han provocado (más) modificaciones en el reglamento.
Los supervisores solo cobrarán si el patrimonio del fondo público cuenta con, al menos, 1.000 millones de patrimonio. Previamente se daba la paradoja de que las gestoras aun no disponían de dinero y no podían hacer frente a las remuneraciones de los consejeros.
Las asociaciones también solicitaron recibir, como institución, la retribución de los consejeros nombrados por cada uno de ellos, todo ello adelantado previamente por elEconomista.es. Este aspecto fue tramitado como una orden ministerial desde comienzos de verano.
Cobrarán 3.375 euros al mes fijos en doce pagas, más otros 1.390 euros por reunión. Si el patrimonio gestionado llega a superar los 4.500 millones, el personal de la Comisión de Control recibiría una bonificación del 20% por cada reunión extraordinaria o asistencias a reuniones de trabajo adicionales.
Otra modificación técnica permitirá que los partícipes del fondo puedan percibir las prestaciones en la jubilación parcial, una posibilidad hasta ahora limitada.
Permite que tanto la Comisión Promotora y de Seguimiento como la Comisión de Control Especial puedan solicitar asistencia jurídica al Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
El Gobierno prevé que estas recientes modificaciones sean definitivas para consolidar el impulso de los planes de ahorro colectivos a nivel laboral entre asalariados y autónomos. Los planes de pensiones de empleo, reformados con Escrivá, pretenden facilitar la planificación financiera para la jubilación de las pymes y autónomos, que son los colectivos del tejido productivo con menor cobertura de previsión social complementaria.