Moncloa eleva hasta un 25% el volumen de negocio que obliga a las empresas a soportar más burocracia
El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el anteproyecto de ley que flexibiliza los criterios de tamaño de las empresas o grupos de empresas, elevando el volumen neto de negocio que obliga a las empresas a presentar determinada información que aumenta sus cargas burocráticas. En el caso de las pequeñas empresas, este límite pasa de 4 a 5 millones (un 25% más), mientras en la empresa mediana y en la grande pasa de 40 a 50 millones (un 20% más en ambos casos). Reducirá las obligaciones corporativas y contables de las empresas, aunque Economía requerirá paralelamente nuevos informes sobre sostenibilidad en términos medioambientales, sociales y de gobernanza con una nueva ley.
El ministerio de Economía, Comercio y Empresa asegura que la ampliación de los umbrales «tendrá una incidencia económica positiva puesto que reducirá las cargas administrativas de las empresas». El incremento de los umbrales de tamaño supone la reducción del ámbito aplicación de los requisitos de presentación de los estados financieros, lo que supondrá la simplificación de obligaciones contables para las empresas.
Con las nuevas reglas sobre la mesa, determinadas empresas calificadas actualmente como grandes pasarán a tener la consideración de empresas medianas y ello les permitirá acogerse a la posibilidad de elaborar modelos abreviados o acogerse al plan general de contabilidad de pymes. Las pymes, salvo las cotizadas, quedarán exentas de presentar esta información.
Los nuevos umbrales atienden a una actualización de los importes que responde a la inflación en los últimos años. Éstos se refieren al activo, volumen neto de negocio, aunque la norma deja fuera el retoque del número de empleados, lo que normalmente se conoce como la maldición del ‘trabajador 50’ que convierte a una pequeña empresa en mediana.
Ley de información empresarial sobre sostenibilidad
El retoque de los umbrales lleva aparejada una Ley de información empresarial sobre sostenibilidad con la que el Gobierno pretende mejorar la transparencia empresarial. Se trata de la obligación a presentar un informe sobre sostenibilidad en materia medioambiental, social y de gobernanza que será aplicable a todas las grandes empresas y grupos de empresas, y también, a medianas y pequeñas empresas cotizadas (excepto microempresas). Su entrada en vigor será escalonada para facilitar la adaptación de las empresas a la nueva normativa europea.
Para cumplir todos estos objetivos se modifica la Ley de Auditoría de Cuentas y el Registro de Auditores pasa a denominarse Registro Oficial de Auditores de Cuentas y de Verificadores de Información sobre Sostenibilidad. De esta forma, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) se encargará de la supervisión de esta actividad de verificación de la información sobre sostenibilidad, en términos análogos a la auditoría de cuentas.
Estas obligaciones se aplicarán sobre todas las empresas grandes, cuando su activo supere los 25 millones de euros y el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50 millones de euros. Distinguirá dos grupos:
- Empresas grandes de interés público y entidades dominantes de grupos de interés público, de más de 500 trabajadores en ambos casos. Desde 1 de enero de 2024.
- Resto de empresas grandes y entidades dominantes de grupos grandes. Desde 1 de enero de 2025.
También alcanzará a las pymes cotizadas (con la excepción de microempresas y de pequeñas y medianas sociedades que coticen en mercados alternativos y de crecimiento); aseguradoras cautivas que sean grandes, y entidades de crédito definidas como pequeñas y no complejas. Desde 1 de enero de 2026.
Tanto las filiales como las sucursales españolas de empresas de terceros países que tengan un volumen de negocio en el territorio de la UE superior a 150 millones de euros deberán presentar esta información a partir de 1 de enero de 2028.