viernes, enero 31, 2025
Economía

consigue cancelar todas sus deudas con Hacienda tras arruinarse con sus tres empresas


Son muchas las personas que, impulsadas por su emprendimiento, deciden invertir en la creación de empresas para ganarse la vida como autónomos. Sin embargo, tras la crisis del año 2008 en España, un empresario sevillano vio cómo sus negocios se iban a pique, generando una deuda de la que ahora ha sido exonerado gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

En concreto, tras el quiebre de sus tres empresas, se llevó a cabo un concurso de acreedores para cerrarlas definitivamente, momento en el que el empresario tuvo que hacerse responsable de las deudas pendientes. Entre sus obligaciones, se incluían algunas con la Seguridad Social y con Hacienda, tal y como recogen desde el comunicado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

Las empresas fueron a quiebra

El contexto actual que vivimos es desfavorable para muchos autónomos que arriesgan su patrimonio para sacar su vida adelante. Es en estos casos en los que la Ley Concursal supone una alternativa para no lastrar de por vida al empresario tras un cierre de su negocio con deudas, ya que estas historias son cada vez más frecuentes.

Con la llegada del boom inmobiliario y la consecuente recesión económica, las empresas administradas por el protagonista sevillano de esta historia comenzaron a temblar mediante una bajada en la facturación, el aumento de la morosidad o la negativa de los bancos al conceder ayudas financieras, entre otras cosas.

Pese al esfuerzo, el empresario tuvo que liquidar los activos de la empresa y cesar su actividad. Esto, lamentablemente, también le fue persiguiendo a título personal debido a ser avalista y responsable de parte de las deudas pendientes de las sociedades.

Ya en el año 2020, con una situación insostenible, decidió ponerle fin a esta etapa, por lo que contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento para valorar si era posible solicitar una quita o la exoneración total de la deuda con la Ley de la Segunda Oportunidad.

Concurso de acreedores exprés

En este caso, era viable y posiblemente una de las mejores decisiones financieras de su vida: «Hablamos de un negocio que montó el mismo y ha estado llevándose la mayor parte de su tiempo durante muchos años», cuenta José Domínguez, abogado de la Asociación, sobre la difícil decisión de llevar a cabo un concurso de acreedores de su empresa.

«Una vez asumieron que no les quedaba otra que cerrar la empresa, se tramitó un concurso de acreedores exprés, que consiste básicamente en pedir al Juzgado que disuelva la sociedad, ya que solo tiene deudas y no consta de patrimonio», explica el letrado.

Deudas a título personal

Tras conseguir liquidar definitivamente la sociedad, aún contaba con deudas a título personal. Por ello, la Asociación también aconsejó al deudor declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Con este procedimiento, se solicitaría en una fase judicial la exoneración de las deudas pendientes acreditando la inexistencia de patrimonio para abonar lo pendiente. En este caso, solo contaba con el 50% de una vivienda hipotecada, la cual pagaba religiosamente, y no se llevó a cabo la liquidación de la misma.

Con esta argumentación, los letrados solicitaron el perdón de toda la cantidad pendiente en los tribunales Sevilla. Esto fue concedido por el Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Sevilla tras confirmar que cumplía los requisitos legales: era realmente insolvente, no se había acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos cinco años y no había sido condenado por delitos socioeconómicos.

Una vez comprobados no hubo más discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 34.324,74 euros. Como consecuencia, quedan sin posibilidad de reclamarles nada ninguno de sus acreedores.

WhatsAppTwitterTwitterLinkedinBeloudBeloud





Source link

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *