Desregulación del transporte de pasajeros: qué cambia
La nueva norma establece la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros que habilita el libre establecimiento de rutas y horarios
06/10/2024 – 19:57hs
La Secretaría de Transporte de la Nación anunció este domingo la desregulación del transporte de pasajeros en micros de media y larga distancia. La medida se publicará el lunes en el Boletín Oficial.
Además, se establece la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros que habilita el libre establecimiento de rutas y horarios.
Transporte: qué estable la nueva norma
Según comunicaron desde la Secretaría, esta desregulación, que reemplazará una norma con más de 30 años de antigüedad, apunta a la «liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual».
La norma prevé la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros que establece que las empresas y transportistas que ya estan operando no vuelvan a registrarse, mientras que las nuevas compañías que quieran ingresar al mercado si deben hacerlo y en cinco días tendrán la habilitación.
En ese sentido, la Secretaría aclaró que no se podrán ofrecer servicios al público que no estén informados en el nuevo Registro Nacional, donde además deberá detallarse datos como la capacidad de transporte, el tipo de vehículo, la cantidad de asientos, los seguros contratados, la nómina de conductores, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
También podrán definir sus recorridos, horarios, precios y paradas, aunque en este último caso deberán ser autorizadas por la jurisdicción local respectiva.
«El Gobierno Nacional elimina trabas innecesarias, garantiza una mayor liberalización en las condiciones de prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, con el fin de permitir la incorporación de nuevos actores al sector», destaca el comunicado.
Además, destacan que: «Este cambio les permitirá a los usuarios gozar, con más competencia, de una mayor oferta en el transporte terrestre».
Las nuevas normas informadas por la Secretaría de Transporte establecen una serie de cambios para el sector de transporte terrestre de pasajeros de mediana y larga contenidas en el decreto 958 de 1992.
Desregulación del Transporte: los cambios más importantes
-Eliminación de las clasificaciones: con la nueva norma no habrá diferenciaciones entre servicios públicos, servicios de tráfico libre, servicios ejecutivos, y servicios de transporte para el turismo.
-Registro: no solo cambia el nombre, sino que a partir de ahora será digital y de libre acceso.
-Apertura: ya no hará falta obtener autorizaciones especiales para cada tramo, sino que cualquier empresa habilitada para el transporte de personas e incripta en el registro podrá realizar cualquier tramo.
-Las empresas podrán compartir vehículos.
-Los permisos dejarán de tener una vigencia de 10 años y la explotación del servicio público de transporte automotor de pasajeros no tendrá un plazo determinado.
-Los transportistas y empresas podrán iniciar sus actividades automáticamente cinco días hábiles después de haberse anotado en el registro.
De la vieja norma se mantendrá la exigencia de realizar el examen psicofísico y las capacitaciones de los choferes, aunque su realización será responsabilidad de jurisdicciones locales con prestadores locales, previa autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Por último, la Secretaría destacá que las medidas de seguridad ya establecidas, mantendrán su vigencia.